⚠️ Información sensible — verificá siempre en la fuente oficial
Los requisitos, cupos, montos y fechas de las visas cambian seguido. Cada dato de esta guía se verificó contra la fuente oficial en 2026-09-23 y lo reverificamos de forma periódica, pero antes de iniciar cualquier trámite confirmá los datos en los enlaces oficiales (embajada, consulado o ministerio) que figuran en esta página. viajacongus.com no gestiona visas ni reemplaza la información oficial.
💵 Cuánto cuesta
ARANCEL MRV (la solicitud): US$ 185 por persona, incluidos los chicos. Verificado el 23/09/2026 en el texto normativo, 22 CFR 22.1, que lo lista como «(a) Non-petition-based nonimmigrant visa (except E category) $185», y en el sistema oficial de citas, que lo repite como «$185 USD — (B) Visitante: Negocios, Turismo, Tratamiento médico». Rige desde junio de 2023 y no cambió. Es el único arancel obligatorio del trámite. TASA DE RECIPROCIDAD (la emisión): para todas nuestras nacionalidades latinoamericanas la Tabla de Reciprocidad del Departamento de Estado marca la B-1, B-2 y B-1/B-2 con arancel de emisión «None»: no se paga nada extra. CITA ACELERADA, OPCIONAL: US$ 750. Está en 22 CFR 22.1 y en la regla temporal del Departamento de Estado publicada el 9/6/2026, que lo describe así: «a $750 fee for an expedited B1/B2, business and tourism, nonimmigrant visa (NIV) interview appointment... to secure an interview appointment at selected posts within ten business days». La regla es temporal: «This temporary final rule is effective July 1, 2026, through December 31, 2026», se ofrece «only to applicants at limited posts as published on travel.state.gov and in limited quantities», y NO acelera nada más que el turno: «This service will not expedite any processing steps, including any time needed for administrative processing. An expedited visa appointment in no way guarantees visa issuance». Los US$ 750 van ADEMÁS de los US$ 185: «Individuals seeking an expedited appointment who pay the $750 fee will continue to pay the MRV fee». FIANZA, SOLO PARA ALGUNAS NACIONALIDADES: US$ 5.000, US$ 10.000 o US$ 15.000 para nacionales de Cuba, Venezuela y Nicaragua, entre otros; «The amount is determined at the time of the visa interview». QUÉ NO EXISTE: en el arancelario consular vigente (22 CFR 22.1, leído el 23/09/2026) no figura ningún otro cargo para una B-1/B-2 más allá de esos US$ 185 y del opcional de US$ 750. Cualquier «gestoría», «servicio de turnos» o «asesoría obligatoria» que te cobren aparte es privada y no es parte del trámite.
⏳ Cuánto tarda
NO PUDIMOS VERIFICARLA HOY Y LO DECIMOS: el Departamento de Estado publica los tiempos de espera en una herramienta propia que se actualiza sola, y el 23/09/2026 travel.state.gov bloqueó todos nuestros intentos de lectura automatizada. No vamos a copiar números de un blog. Lo que sí podemos decirte es cómo se lee esa herramienta, porque tiene dos columnas distintas y la gente mira la equivocada: una es el próximo turno disponible para entrevista B-1/B-2 en ese consulado, y la otra es el promedio de espera. Consultala vos mismo, por consulado, antes de comprar cualquier pasaje, y volvé a mirarla una semana después: cambia seguido. Tres plazos que SÍ están publicados y son fijos: (1) la devolución del pasaporte después de la decisión, «Una vez que la Sección Consular de EE. UU. nos entrega los documentos de visa al servicio de correo, se tarda hasta 3 días hábiles para que los documentos estén listos para ser retirados o entregados»; (2) el registro del pago en efectivo antes de poder sacar turno, «puede demorar hasta 3 días hábiles» en Argentina y Colombia, «hasta 2 días hábiles» en México; y (3) la cita acelerada paga, que garantiza turno «within ten business days» pero sólo en los consulados del piloto. Si tu caso queda en procesamiento administrativo bajo la sección 221(g), no hay fecha: el propio servicio de correo aclara que «La información sobre el tiempo que toma el proceso de adjudicación de la Sección Consular de EE. UU., no puede ser proporcionada por este servicio».
📅 Cuánto dura
Son dos cosas distintas y conviene tenerlas separadas en la cabeza. (1) VALIDEZ DE LA VISA: la fija la Tabla de Reciprocidad del Departamento de Estado, por nacionalidad. Para Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay, la B-1, la B-2 y la B-1/B-2 figuran como «Multiple» entradas y «120 Months», es decir 10 años. SURINAM es la excepción de nuestra región: «Multiple / 60 Months», 5 años. Y CUBA y VENEZUELA son la otra excepción, mucho más dura: «One / 3 Months», una sola entrada y tres meses de validez —además de estar bajo suspensión parcial de emisión desde el 1/1/2026—. (2) DÍAS DE ESTADÍA: la visa NO te los da. Los escribe el oficial de CBP al ingresar, en el sello de admisión o en el I-94. El Departamento de Estado no publica un número máximo de días por ingreso: NO PUBLICADO. Y hay una consecuencia legal de quedarse de más que casi nadie conoce, textual: «Failure to depart the United States on time will result in being out of status. Under U.S. law, visas of individuals who are out of status are automatically voided (Section 222(g) of the Immigration and Nationality Act). Any multiple entry visa that was voided due to being out of status will not be valid for future entries». Te pasaste un día: tu visa de diez años se anula sola.
👤 ¿A quién le toca?
Le toca a casi todos nosotros. De nuestras veintiocho nacionalidades, las ÚNICAS que pueden evitar el consulado y viajar con ESTA son Alemania, Andorra, Australia, Chile, Dinamarca, España e Italia, que están en el Programa de Exención de Visas. NECESITAN VISA B-1/B-2: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Uruguay y Venezuela. Cada persona hace su propio trámite: «Each individual who needs a visa must submit a separate application, including any family members listed in your passport», y eso incluye a los bebés. TRES ADVERTENCIAS DE 2026 QUE CAMBIAN TODO PARA ALGUNAS NACIONALIDADES. Primera, SUSPENSIÓN: por la Proclamación Presidencial 10998, vigente desde las 00:01 hora del Este del 1 de enero de 2026, el Departamento de Estado «partially suspended visa issuance» para nacionales de 19 países, y dos son nuestros: CUBA y VENEZUELA, justamente «for nonimmigrant B-1/B-2 visitor visas and F, M, J student and exchange visitor visas, and all immigrant visas», con excepciones limitadas (entre ellas, «Dual nationals applying with a passport of a nationality not subject to a suspension»). La suspensión alcanza a quienes están fuera de Estados Unidos y no tenían visa válida en la fecha de entrada en vigor. Segunda, FIANZA: el Departamento de Estado publica una lista de países cuyos nacionales deben depositar una fianza para la B-1/B-2, y ahí figuran CUBA (desde el 21/1/2026), VENEZUELA (21/1/2026) y NICARAGUA (2/4/2026): «Any citizen or national traveling on a passport issued by one of these countries, who is found otherwise eligible for a B1/B2 visa, must post a bond for $5,000, $10,000, or $15,000». Tercera, SIN EXENCIÓN DE ENTREVISTA: desde el 7 de agosto de 2025 los nacionales de una lista de países deben ir sí o sí a entrevista en persona aunque estén renovando, y en esa lista están CUBA y VENEZUELA.